El delito de acoso

El delito de acoso se introdujo con la reforma penal del año 2015 y con anterioridad, sólo estaba regulado el acoso laboral «mobbing» o el acoso sexual.

Este delito condena aquellas conductas reiteradas que impliquen un acercamiento y vigilancia continuada sin haber obtenido autorización de la víctima, ya sea un contacto físico o incluso por medios electrónicos, de tal forma que afecta de manera grave a la vida cotidiana de la víctima.

Se puede denunciar por parte de la persona afectada o bien, si afecta al ámbito familiar, puede ser incoado el procedimiento de oficio por parte del Ministerio Fiscal.

Este delito contempla varias penas que pueden consistir en una pena de prisión de 3 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses.

Actualmente y debido al uso de redes sociales, es uno de los delitos que más se están cometiendo por lo que se aconseja denunciar enseguida los hechos.

Para más información, os dejamos el siguiente enlace: acoso.

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