El incumplimiento del régimen de visitas
Cualquier procedimiento de divorcio o separación con hijos menores de edad, en el que se atribuye la guarda y custodia a uno de los padres en exclusiva, necesariamente comporta la regulación de un régimen de visitas que supone que durante un tiempo estos hijos deben de estar con el padre o con la madre a quien no se le haya atribuido la custodia.
Ahora bien, si el progenitor que tiene la custodia dificulta su cumplimiento, o bien no lo cumple, como por ejemplo cuando no devuelven a los hijos menores cuando corresponde, estaremos ante un incumplimiento del régimen.
En estos casos de incumplimiento del régimen de visitas se debe de interponer demanda ante la jurisdicción civil, reclamando el cumplimiento de lo pactado en convenio o el que se haya declarado por sentencia con la intervención de abogado y procurador.
En este procedimiento, también se podría solicitar la imposición de multas coercitivas periódicas al padre o a la madre que incumplen el régimen de visitas, o incluso, se le podría advertir que estaría desobedeciendo la Autoridad Judicial por lo que se podría acudir a la vía penal.
Tenemos que advertir que debido a la última reforma legislativa, ya no se puede interponer directamente denuncia ante los Mosos de Esquadra para iniciar un juicio de faltas, por lo que actualmente sólo queda la opción de acudir inicialmente a la vía civil.
Si queréis tener más información sobre las consecuencias jurídicas del incumplimiento del régimen de visitas, podéis ver el programa en el que participó la abogada de nuestro despacho, Laura Buetas Jordà, en el programa de «El Debat de Lleida Activa» de TV Lleida en este siguiente enlace.